Cuentas Anuales Consolidades e Informe de Gestión - page 51

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F.7 Informe del auditor externo.
Informe de:
F.7.1 Si la información del SCIIF remitida a los mercados ha sido sometida a revisión por el auditor externo, en cuyo caso la entidad debería incluir
el informe correspondiente como anexo. En caso contrario, debería informar de sus motivos.
La Dirección del Grupo ha decidido someter a revisión por parte del auditor externo la información relativa al SCIIF, incluida en este apartado
F del Informe Anual de Gobierno Corporativo correspondiente al ejercicio 2015 elaborada por la Dirección de la Sociedad. Dicho informe se
adjunta como Anexo.
G - GRADO DE SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DE
GOBIERNO CORPORATIVO
Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas.
En el caso de que alguna recomendación no se siga o se siga parcialmente, se deberá incluir una explicación detallada de sus motivos de manera
que los accionistas, los inversores y el mercado en general, cuenten con información suficiente para valorar el proceder de la sociedad. No serán
aceptables explicaciones de carácter general.
1. Que los Estatutos de las sociedades cotizadas no limiten el número máximo de votos que pueda emitir un mismo accionista, ni contengan
otras restricciones que dificulten la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado.
Cumple
2. Que cuando coticen la sociedad matriz y una sociedad dependiente ambas definan públicamente con precisión:
a) Las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio entre ellas, así como las de la sociedad dependiente cotizada con
las demás empresas del grupo.
b) Los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de interés que puedan presentarse.
No Aplicable
3. Que durante la celebración de laJunta General ordinaria, como complemento de la difusión por escrito del informe anual de Gobierno
Corporativo, el Presidente del Consejo de Administración informe verbalmente a los accionistas, con suficiente detalle, de los aspectos
más relevantes del Gobierno Corporativo de la sociedad y, en particular:
a) De los cambios acaecidos desde la anteriorJunta General ordinaria.
b) De los motivos concretos por los que la compañía no sigue alguna de las recomendaciones del Código de Gobierno Corporativo y, si
existieran, de las reglas alternativas que aplique en esa materia.
Cumple Parcialmente
Esta Compañía entiende que esta Recomendación no es de aplicación para las Juntas Generales Ordinarias celebradas durante el ejercicio
2015 y que solo puede surtir efectos a partir de la Junta General Ordinaria a celebrarse en el año 2016, que será cuando el Presidente
informe de los aspectos más relevantes del Gobierno Corporativo acaecidas durante el ejercicio 2015, así como del cumplimiento o no de
las recomendaciones incluidas en el Código de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas, aprobado por Acuerdo del Consejo de la CNMV
de 18 de febrero de 2015.
No obstante lo anterior, el Presidente del Consejo dio cuenta a los accionistas durante la Junta General Ordinaria de 2015 de los principales
cambios en materia de Gobierno Corporativo acaecidos desde la Junta General de 2014 y que motivaron determinadas modificaciones
estatutarias y reglamentarias.
En la Junta General Ordinaria de 2016, el Presidente dará cuenta, en su caso, de las recomendaciones que se realizan en este apartado.
4. Que la sociedad defina y promueva una política de comunicación y contactos con accionistas, inversores institucionales y asesores
de voto que sea plenamente respetuosa con las normas contra el abuso de mercado y dé un trato semejante a los accionistas que se
encuentren en la misma posición.
Y que la sociedad haga pública dicha política a través de su página web, incluyendo información relativa a la forma en que la misma se ha
puesto en práctica e identificando a los interlocutores o responsables de llevarla a cabo.
Cumple
5. Que el Consejo de Administración no eleve a laJunta General una propuesta de delegación de facultades, para emitir acciones o valores
convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, por un importe superior al 20% del capital en el momento de la
delegación.
Y que cuando el Consejo de Administración apruebe cualquier emisión de acciones o de valores convertibles con exclusión del derecho
de suscripción preferente, la sociedad publique inmediatamente en su página web los informes sobre dicha exclusión a los que hace
referencia la legislación mercantil.
Cumple
INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO
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