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C.1.31 Indique si están previamente certificadas las cuentas anuales individuales y consolidadas que se presentan al consejo para su aprobación:
NO
Nombre
Cargo
C.1.32 Explique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por el consejo de Administración para evitar que las cuentas individuales y
consolidadas por él formuladas se presenten en la junta general con salvedades en el informe de auditoría.
El artículo 41.2 del Reglamento del Consejo establece que el Consejo de Administración procurará formular definitivamente las cuentas de
manera tal que no haya lugar a salvedades por parte del Auditor. No obstante, cuando el Consejo considere que debe mantener su criterio,
explicará públicamente el contenido y el alcance de las discrepancias.
C.1.33 ¿El secretario del consejo tiene la condición de consejero?
NO
C.1.34 Explique los procedimientos de nombramiento y cese del secretario del consejo, indicando si su nombramiento y cese han sido informados
por la comisión de nombramientos y aprobados por el pleno del consejo
Procedimiento de nombramiento y cese
De conformidad con lo establecido en el artículo 19.4 del Reglamento del Consejo, el nombramiento y cese del Secretario será informado por la Comisión de
Nombramientos y aprobado por el pleno del Consejo.
¿El consejo en pleno aprueba el cese?
SI
¿El consejo en pleno aprueba el nombramiento?
SI
¿La comisión de nombramientos informa del cese?
SI
¿La comisión de nombramientos informa del nombramiento?
SI
¿Tiene el secretario del consejo encomendada la función de velar, de forma especial, por el seguimiento de las recomendaciones de buen
gobierno?
SI
Observaciones
Tal y como señala el artículo 19.3 del Reglamento del Consejo, el Secretario cuidará en todo caso de la legalidad formal y material de las actuaciones del
Consejo y garantizará que sus procedimientos y reglas de gobierno sean respetadas.
C.1.35 Indique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por la sociedad para preservar la independencia de los auditores externos, de los
analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación.
El Consejo de Administración tiene establecido, a través de la Comisión de Auditoría y Control, una relación de carácter estable y profesional
con el Auditor de Cuentas externo de la Compañía, con estricto respeto de su independencia. En este sentido el artículo 25. b) del Reglamento
del Consejo de Administración establece expresamente entre sus competencias la de establecer las oportunas relaciones con los auditores de
cuentas o sociedades de auditoría para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan poner en riesgo la independencia de éstos,
para su examen por la comisión, y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la auditoría de cuentas, así como aquellas
otras comunicaciones previstas en la legislación de auditoría de cuentas y en las normas de auditoría. En todo caso, deberán recibir anualmente
de los auditores de cuentas o sociedades de auditoría la confirmación escrita de su independencia frente a la entidad o entidades vinculadas
a ésta directa o indirectamente, así como la información de los servicios adicionales de cualquier clase prestados a estas entidades por los
citados auditores o sociedades, o por las personas o entidades vinculados a éstos de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 19/1988, de 12 de julio,
de Auditoría de Cuentas. Asimismo la Comisión de Auditoría y Control deberá emitir anualmente, con carácter previo a la emisión del informe
de auditoría de cuentas, un informe en el que se expresará una opinión sobre la independencia de los auditores de cuentas o sociedades de
auditoría. Este informe deberá pronunciarse, en todo caso, sobre la prestación de los servicios adicionales a que hace referencia el apartado
anterior.
Adicionalmente, la Comisión de Auditoria y Control vela asimismo por la independencia y eficacia de la función de auditoría interna, proponiendo
la selección, nombramiento, reelección y cese del responsable del servicio de auditoría interna. Asimismo se encarga de proponer el presupuesto
del Departamento de auditoría interna y recibir información periódica sobre sus actividades, así como verificar que la alta dirección tiene en
cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes.
INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO