Para la contabilización de las subvenciones recibidas, las Sociedades del Grupo siguen los siguientes criterios:

– Las subvenciones de capital no reintegrables (relacionadas con activos) se valoran por el importe concedido, registrándose como ingresos diferidos e imputándose a resultados en proporción a la depreciación experimentada durante el ejercicio por los activos financiados por dichas subvenciones.
– Las subvenciones de explotación se registran como ingreso en el momento de su devengo.