Al 31 de diciembre, el detalle de este epígrafe del estado de situación financiera consolidado es el siguiente (en miles de euros):

“Acreedores comerciales y otras cuentas por pagar” recoge las cuentas a pagar derivadas de la actividad comercial típica del Grupo. En este epígrafe se incluyen 37.460 miles de euros (27.989 miles de euros, al 31 de diciembre de 2020) correspondientes a acreedores por operaciones de confirming.

La línea “Anticipos de clientes” incluye, principalmente, depósitos de clientes derivados de la actividad hotelera del Grupo.

INFORMACIÓN SOBRE LOS APLAZAMIENTOS DE PAGO EFECTUADOS A PROVEEDORES. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. “DEBER DE INFORMACIÓN” DE LA LEY 11/2013, DE 26 DE JULIO

A continuación se detalla la información requerida en la Disposición Adicional Tercera de la Ley 15/2010 de 5 de julio y modificada según la Resolución de 29 de enero de 2016, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación con el periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales de sociedades españolas.

Los datos expuestos en el cuadro anterior sobre pagos a proveedores de sociedades españolas hacen referencia a aquellos que por su naturaleza son acreedores comerciales por deudas con suministradores de bienes y servicios, de modo que incluyen los datos relativos a la partida de “Acreedores comerciales y otras cuentas por pagar” del pasivo corriente del estado de situación financiera consolidado.

El periodo medio de pago a proveedores se ha calculado como la media ponderada de los dos ratios que a continuación se explican:

  • Ratio de operaciones pagadas: periodo medio de pago de las operaciones pagadas en cada ejercicio ponderado por el importe de cada operación.
  • Ratio de operaciones pendientes de pago: plazo medio existente entre fecha de factura y fecha de cierre del ejercicio ponderado por el importe de cada operación.

Debido al impacto de la pandemia del COVID-19 sobre la demanda hotelera la Sociedad ha superado el periodo de pago máximo a proveedores comerciales establecido legalmente en 60 días. Esta situación se considera remediable en tanto que se están tomando diversas medidas enfocadas al redimensionamiento temporal de los recursos existentes hasta el momento, así como renegociación de contratos de arrendamiento y otras acciones de distinto ámbito enfocadas a minimizar los impactos de la pandemia del COVID-19, las cuales junto con la progresiva recuperación de la demanda y del negocio permitirá recuperar el ratio legal establecido.